Cuandouna empresa [1] o un autónomo [2] contempla la *adquisición de un vehículo*, optar por hacerlo a *nombre de la empresa* es una decisión estratégica que va más allá de una simple compra. Esta elección no solo implica* consideraciones financieras y legales*, sino que también abre la puerta a *beneficios fiscales y de gestión de activos
NOTASOBRE CUESTIONES RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS DE USO MIXTO CEDIDOS A EMPLEADOS. I.- INTRODUCCIÓN La cesión de vehículos a empleados por parte de sus empresas ha sido objeto de análisis recientemente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE), la ElPrograma MOVES II de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el pasado 16 de junio mediante el Real Decreto 569/2020 (*)(**). El programa está vigente desde su publicación en el BOE el pasado 18 de Junio. La adquisición de 1- La compra por parte del dueño de una empresa de una impresora para sus oficinas. Aquí parece claro que la va a integrar en la actividad de su empresa, por tanto, el vendedor o productor podría oponerse a la aplicación de la Ley de Garantías. 2.- La compra de un móvil para uso personal por parte del dueño de una tienda deEnqué consiste. Con una subvención del programa MOVES III, puedes financiar parte del coste de adquisición de vehículos eléctricos, siempre y cuando sea un modelo incluido en la Base de Datos de Vehículos del IDAE. También puedes acceder a financiación para la instalación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
ElPlan Moves III ofrece diferentes incentivos según el tipo de vehículo que se compre, alcanzando hasta los 9.000 euros por un comercial eléctrico y descendiendo hasta los 1.300 euros para las motos eléctricos, pasando por los 7.000 euros de los coches eléctricos y los de hidrógeno y los 5.000 euros de los híbridos enchufables.